Guía · Facturación

Factura de psicóloga: IVA, IRPF y qué tiene que llevar.

Las sesiones de terapia están exentas de IVA, pero la factura hay que hacerla igual, y no todo lo que haces está exento. Estas son las reglas que conviene tener claras antes de emitir la primera.

Actualizado en octubre de 2026. Es una guía informativa: en lo fiscal y lo legal, tu gestoría o tu Colegio tienen la última palabra sobre tu caso.

1 · IVA

La terapia, exenta. Lo demás, no siempre.

La asistencia sanitaria a personas está exenta de IVA (artículo 20.Uno.3.º de la Ley 37/1992). En psicología eso cubre las sesiones con finalidad de diagnóstico, prevención o tratamiento: la terapia individual, de pareja o familiar y la evaluación clínica. Da igual quién pague la sesión: el paciente, su familia, una mutua o la clínica donde colaboras.

Lo que no es asistencia sanitaria lleva el 21 %: el coaching, la selección de personal o un informe pericial para un juicio, por ejemplo.

Exenta no quiere decir sin factura: el Reglamento de facturación (Real Decreto 1619/2012) la exige igual, y la factura tiene que decir por qué no lleva IVA: «Operación exenta de IVA, art. 20.Uno.3.º de la Ley 37/1992».

2 · IRPF

Retención, solo si facturas a una empresa.

A tus pacientes, que son particulares, no se les aplica retención. Cuando la factura va a una empresa o a otra profesional (la clínica donde pasas consulta, una mutua, la empresa que paga la terapia de un empleado), lleva retención de IRPF: el 15 %, o el 7 % el año en que te das de alta y los dos siguientes, si el año anterior no tenías actividad profesional.

La retención no cambia lo que facturas, sino lo que cobras: facturas 60 € y te pagan 51 €. Los 9 € los ingresa la empresa en Hacienda a tu nombre, y te los descuentas en la renta.

3 · Los datos

Qué tiene que llevar.

  • Número y serie, correlativos: sin saltos ni repetidos, y una serie aparte para las rectificativas.
  • Fecha de la factura, y la de la sesión si es otra.
  • Tus datos: nombre y apellidos, NIF y domicilio.
  • Los de quien la recibe: nombre o razón social, NIF y domicilio.
  • El concepto, por ejemplo «Sesión de psicoterapia individual», con su fecha.
  • La base, el IVA o la mención de la exención, la retención si la hay, y el total.

A un particular que no quiere dar sus datos puedes hacerle una factura simplificada, sin los datos del receptor, mientras no pase de 400 €. Si te la pide para su seguro o para su empresa, hazla completa.

4 · El concepto

Lo que nunca va en la factura.

Ni el diagnóstico ni el motivo de consulta. Una factura la ve más gente que tu paciente: la empresa que paga, la mutua, una gestoría. «Sesión de psicología» basta para que sea válida; el diagnóstico es un dato de salud y su sitio es la historia clínica.

5 · Los errores

Una factura no se borra: se rectifica.

Una factura emitida no se edita ni se borra, y su número no se vuelve a usar. Si el importe o los datos estaban mal, se emite una factura rectificativa, con su propia serie, que la corrige.

Con Veri*factu esto pasa a ser también cosa del programa con el que facturas: hoy la fecha es 2027, y Hacienda ha anunciado que quiere llevarla a 2028.

6 · Con una clínica

Si colaboras con un centro, son dos facturas.

Si pasas consulta en un centro que cobra al paciente, el centro le factura la sesión al paciente y tú le facturas al centro tu parte, normalmente una vez al mes. Esa factura sí lleva retención de IRPF, porque el centro es una empresa, y suele ir exenta de IVA si lo que facturas es la atención a los pacientes.

Si es al revés, y cobras tú al paciente mientras el centro te cobra por el despacho, la agenda o los pacientes que te pasa, la factura del centro a ti lleva el 21 %: eso no es asistencia sanitaria.

Esta guía resume las reglas generales a octubre de 2026. Cada consulta tiene sus particularidades: en tu caso, la última palabra la tiene tu asesoría.

VinculAI

Cómo lo hace VinculAI.

  • Pones tus datos fiscales una vez y, al cobrar cada sesión, el recibo sale solo: numerado en tu serie y con la mención de la exención de IVA.
  • Lo emites con tu NIF de autónoma o con el de tu clínica, y eliges a nombre de quién va: el paciente, una empresa o mutua, o el padre o la madre de un menor.
  • Cada servicio lleva su IVA: la terapia, exenta; un informe pericial, al 21 %.
  • Si colaboras con un centro, te calcula la liquidación del mes con la retención del 15 % o del 7 %.
  • Los errores se corrigen con una rectificativa o anulando el recibo, nunca borrando.
  • Para tu gestoría, los libros de ingresos y gastos en Excel y un resumen orientativo de los modelos del trimestre.

Veri*factu está construido y probado con la Agencia Tributaria, y aún no está activo: cuando lo esté, irá incluido en todos los planes. Si estás eligiendo programa, tienes más preguntas en Qué preguntar antes de elegir programa.

Tu consulta, sin papeleo.

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